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¿Cómo sabe Hacienda que tienes criptomonedas?

Publicado: 20 de agosto de 2026Anonimato

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Hacienda no mira la blockchain para saber que tienes criptomonedas. Le llega por otro sitio, y entender cuál cambia por completo lo que uno cree que está protegiendo. Esto va de dónde salen los datos, no de qué casilla rellenar.

Un buzón metálico con la bandera levantada entre monedas de Bitcoin y Ethereum, sobre un esquema de cadena de bloques

Las plataformas españolas informan por obligación propia

Aquí empieza casi todo, y no depende de que tú declares nada.

Los proveedores establecidos en España que custodian criptoactivos de terceros presentan el modelo 172: una declaración informativa anual con los saldos de sus clientes residentes fiscales en España a 31 de diciembre, con identidad del titular, tipo de moneda, número de unidades y su valoración en euros.

Junto a él va el modelo 173, que cubre las operaciones: compras, ventas, permutas y custodia con intermediación. Ambos se presentan en enero del año siguiente al ejercicio.

O sea que a comienzos de cada año la Agencia Tributaria recibe, sin pedirlo, una foto de qué tienes y qué has movido en cada plataforma española. Tu declaración se compara con esa foto, no se lee en el vacío.

Las plataformas extranjeras también, desde 2026

Lo que antes era el hueco real —usar un exchange de fuera— se cerró este año.

La DAC8 (Directiva UE 2023/2226) obliga desde el 1 de enero de 2026 a los proveedores de servicios de criptoactivos que atienden a residentes en la UE a recopilar datos de sus clientes y reportarlos a la autoridad fiscal de su país, que a su vez los comparte con la del país donde el usuario reside. El primer periodo reportado es el año 2026 y el primer envío vence el 31 de enero de 2027. España ya ha traspuesto la directiva, y con ella llegó también la facultad de embargar activos digitales en casos de impago.

En paralelo y a escala mundial funciona el CARF de la OCDE, la versión internacional de lo mismo: 48 jurisdicciones empezaron a recopilar datos el 1 de enero de 2026 y el primer intercambio entre ellas es en 2027. Otras se incorporan en 2028, y Estados Unidos en 2029.

La consecuencia práctica es sencilla: la distinción entre «exchange español» y «exchange de fuera» ha dejado de ser una distinción en cuanto a información.

El banco, el eslabón que casi nadie cuenta

Por mucha cadena de bloques que haya en medio, el dinero acaba en una cuenta a tu nombre.

Una transferencia recurrente desde una plataforma de criptoactivos es un dato bancario ordinario, y no hace falta ninguna tecnología especial para cruzarlo con lo que declaraste. En la mayoría de expedientes que acaban en comprobación, el punto de partida es este: ingresos que no cuadran con la renta declarada.

Las cartas: 1.243.000 avisos en la campaña de 2026

El Plan Anual de Control Tributario de 2026 puso cifras a esto. De los 3,55 millones de avisos que la Agencia Tributaria envía a contribuyentes, 1.243.000 corresponden a personas con operaciones en criptomonedas. Además se reforzó la unidad de control de criptoactivos con equipos dedicados en cada delegación regional.

Un aviso no es una inspección: es la oportunidad de corregir antes de que empiece la comprobación formal. Ignorarlo es lo que lo convierte en otra cosa.

Qué se ve en la cadena de bloques y qué no

Conviene ser exacto, porque aquí es donde la gente se confunde en la dirección equivocada.

En una red pública se ve todo y para siempre: importes, fechas y la relación entre direcciones. Lo único que no se ve es quién está detrás de una dirección.

Ese vínculo no lo construye el análisis de cadena, lo construyen los datos de fuera: la cuenta verificada donde compraste, el banco al que retiraste, el correo con el que te registraste. Una red pública es seudónima, no anónima — y cuando el seudónimo se une a un nombre, se une hacia atrás, con todo el historial incluido. Ese lado del problema lo tratamos en exchange sin KYC: por qué te piden el DNI.

El modelo 721 y el umbral de 50.000 €

Es la obligación que más se pasa por alto, porque no la genera nadie por ti: la declaras tú.

El modelo 721 informa de las criptomonedas situadas en el extranjero y solo obliga si su valor conjunto supera los 50.000 euros a 31 de diciembre. Se presenta hasta el 31 de marzo del año siguiente — para los datos de 2025, hasta el 31 de marzo de 2026.

Es una declaración informativa: no se paga nada con ella. Pero si Hacienda te la reclama, lo siguiente que mira es si declaraste las ganancias en tu IRPF, y ese es el expediente que sí cuesta dinero.

Privacidad no es lo mismo que evasión

Esto va en el texto principal y no en una nota al pie.

Querer que tu patrimonio, tus contrapartes y cada movimiento tuyo no acaben en la base de datos de una empresa es legítimo, y no tiene nada que ver con pagar o no lo que debes. La obligación tributaria no depende de dónde hiciste el cambio. Si hubo ganancia, se declara.

Nuestro servicio no pide registro, y eso tampoco hace desaparecer ninguna obligación fiscal. Confundir «sin cuenta» con «sin declarar» es la forma más rápida de tener un problema de verdad.

Qué hacer en la práctica

Guarda el rastro de tus costes. El precio de adquisición es la mitad del cálculo de la ganancia, y suele ser de hace años. Anotarlo en el momento cuesta un minuto; reconstruirlo después, mucho más.

Distingue lo que está dentro y fuera de España. Las obligaciones informativas no son las mismas, y mezclarlas da un número que no cuadra.

Si tu caso no es evidente, pregunta. Para el detalle de cómo se declara están la sede de la Agencia Tributaria y un asesor fiscal; este texto trata de dónde vienen los datos, no de cómo se rellena la renta.

Nuestras tasas actuales y las condiciones del servicio están en sus páginas, y el cambio en sí no necesita cuenta.

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